China obliga a que los padres adoptantes sea una pareja de un hombre y mujer
G. S. N. Madrid. La aprobación del matrimonio homosexual en España en 2005 abrió la vía legal para que las parejas hagan lo que ya venían haciendo a título individual gays y lesbianas: adoptar a un niño. Legalmente está permitido, pero en la práctica no es tan sencillo porque el proceso es de dos partes. Traer un niño del extranjero requiere el cumplimiento de los requisitos previos, tanto del país de origen del menor como de los españoles.
España permite que los adoptantes sean homosexuales desde la modificación del artículo 44 del Código Civil que recogía que “la identidad de sexo de ambos contrayentes no impide la celebración del matrimonio ni sus efectos”.
De esta forma, cualquier matrimonio español —también los de parejas homosexuales— es candidato para poder adoptar a un hijo. Sin embargo, incluso los países donde sobran niños o pasan hambre y buscan familias para darles de comer son bastante reticentes a dar hijos a matrimonios formados por dos personas del mismo sexo.
Así, la mayoría de ellos no contempla entre sus requisitos la posibilidad de que estas parejas puedan adoptar niños e incluso algunos, como por ejemplo China, lo prohíbe expresamente. De hecho, la primera condición que plantea este país —modificada recientemente tras la evolución de nuevos modelos de familia— es la de que sean “matrimonios estables compuestos por hombre y mujer”. Otros países, como por ejemplo Filipinas, habla de la posibilidad de que adopten tanto matrimonios como familias monoparentales, pero en ningún caso permite explícitamente la adopción de los matrimonios homosexuales. “No conozco ningún país que regule explícitamente estos casos y admita que las parejas homosexuales adopten menores”, explican desde Andai, una entidad colaboradora de adopciones internacionales (ECAI) que tramita, entre otros, procesos con Rusia, Filipinas y Bulgaria. “Es muy difícil que una pareja homosexual cumpla los requisitos de idoneidad. Ya es complicado que adopte sólo un hombre, así que no creo que un matrimonio homosexual consiga facilmente el trámite”.
Por otra parte, estas agencias autonómicas que tramitan adopciones internacionales podrían negarse a conceder niños a adoptantes homosexuales si la Comisión de Estudios del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprueba hoy una propuesta de uno de sus vocales. José Luis Requero ha planteado la posibilidad de que las ECAIS puedan negar el trámite de acogida a los matrimonios homosexuales alegando la objeción de conciencia. El informe, que probablemente será aprobado, pasará al pleno, que si también recibe el visto bueno, se enviará al Gobierno el 28 de marzo.
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